LEY 5/2022, DE 25 DE NOVIEMBRE, DE MEDIDAS DE MEJORA DE LOS PROCESOS DE RESPUESTA ADMINISTRATIVA A LA CIUDADANÍA Y PARA LA PRESTACIÓN ÚTIL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS. (DOE 229, de 29 de noviembre de 2022)

LEY 5/2022, DE 25 DE NOVIEMBRE, DE MEDIDAS DE MEJORA DE LOS PROCESOS DE RESPUESTA ADMINISTRATIVA A LA CIUDADANÍA Y PARA LA PRESTACIÓN ÚTIL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS. (DOE 229, de 29 de noviembre de 2022)

BOE-A-2022-21019 Ley 5/2022, de 25 de noviembre, de medidas de mejora de los procesos de respuesta administrativa a la ciudadanía y para la prestación útil de los servicios públicos.

La Ley se integra de 51 artículos, tres disposiciones adicionales, una transitoria y una derogatoria. De los diez Capítulos, siete de ellos (del III al X) son modificaciones de leyes anteriores y aún del II también se dedican a esa finalidad los arts. 8 y 9.

El Capítulo I, dedicado a las «Disposiciones generales», tan solo contiene el art 1, referido al objeto y finalidad de la Ley, pero que se limita a una mera y escueta declaración de principios que nada añade a la regulación específica que se pretende con la tan relevante modificación normativa que se contiene.

El Capítulo II, dedicado a las «Medidas de impulso para facilitar la actividad empresarial», integra los arts. 2 a 9 (aunque el 8 y 9 son de modificación normativa), debiendo destacarse los esfuerzos que se hacen para delimitar el concepto de «proyecto empresarial de interés económico» en el art 2, así como los efectos de dicha declaración, que se establecen en el art 3, y el acceso a subvenciones del art 7. Los arts. 5 y 6 establecen dos órganos vinculados a estos proyectos empresariales, la Unidad de Proyectos y el Comité de Seguimiento, que se crearan por Decreto, pero a los que se confieren potestades, entre otras, de tramitación administrativa, seguimiento de la inversión, cumplimiento de plazos, etc.; funciones que la Ley no ha querido atribuir a los respectivos servicios técnicos administrativos ya existentes y ha optado por la creación de órganos ad hoc.

Las reformas de normas anteriores afectan a una multitud de normas autonómicas no siempre motivadas por los nuevos principios que se establecen en la Ley. Dichas reformas, en algunas ocasiones, son de tal entidad que más bien podrían haber propiciado la elaboración de nuevos Textos Refundidos, tal es el caso de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de Protección Ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de la que se modifican más de cuarenta artículos (la Ley contiene 147) y sus Anexos.